Constitución de la Junta Rectora (Mandato 2019-2023)
Miembros de la Junta Rectora (Mandato 2019-2023)
El Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto de la Cruz cuenta con los puestos de carácter directivo, en los términos del Título X de la Ley 7/1985,de Bases de Régimen Local que se relacionan a continuación.
PRESIDENTE
GERENTE
SECRETARIO
INTERVENTOR
Presidencia del Consorcio
Funciones del Presidente
Gerencia del Consorcio
Funciones del Gerente
El cargo de Secretario será desempañado en régimen de acumulación por el titular de la Secretaría General del Pleno del Cabildo Insular de Tenerife, salvo que el Consorcio sea adscrito a otra Administración, en cuyo supuesto, tales funciones corresponden a los titulares de las plazas con cometidos similares de la adscripción desde la fecha en que se produzca la misma, en virtud del artículo 23.2 de los vigentes Estatutos del Consorcio.
Son funciones del Secretario, las establecidas en el artº 23.2 de los vigentes Estatutos del Consorcio:
Fe pública y asesoramiento legal preceptivo.
Funciones del Secretario del Consorcio
El cargo de Interventor será desempañado en régimen de acumulación por el titular de la Intervención General del Cabildo Insular de Tenerife, salvo que el Consorcio sea adscrito a otra Administración, en cuyo supuesto, tales funciones corresponden a los titulares de las plazas con cometidos similares de la adscripción desde la fecha en que se produzca la misma, en virtud del artículo 23.2 de los vigentes Estatutos del Consorcio.
Son funciones del Interventor las establecidas en el artº 23.2 de los vigentes Estatutos del Consorcio:
Fiscalización de la gestión económico-financiera y presupuestaria.
Funciones del Interventor del Consorcio
Perfil profesional del Gerente del Consorcio D. Fermín García Morales (Desde el 24 de septiembre de 2020)
Bases convocatoria puesto del Gerente
Nombramiento del Gerente - Alta Dirección (funcionario)
El Gerente tiene por funciones las establecidas en el art. 11 de los vigentes Estatutos del Consorcio urbanístico:
a) Gestionar de manera directa las actividades propias del Consorcio, llevando a cabo todo tipo de actos de representación, promoción y organización que sean necesarios para la mejor concreción de los fines del Consorcio.
b) Disposiciones de régimen interior precisas para el funcionamiento del Consorcio, organizar y dirigir las instrucciones dadas por la Junta Rectora.
c) Contratar y obligarse en nombre del Consorcio, con autorización previa del Presidente de la Junta Rectora.
d) Realizar las contrataciones previstas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y suministros, en cuantía señalada por la Junta Rectora.
e) Adoptar todas las determinaciones necesarias para el mejor funcionamiento del Consorcio, cuya competencia no esté reservada a otro órgano del Consorcio.
f) Elaborar el Proyecto de Presupuesto anual del Consorcio y redactar las Memorias Anuales de Actividades, para su aprobación por parte de la Junta Rectora.
g) Ejercitar las acciones judiciales y administrativas que sean necesarias para la defensa de los intereses del Consorcio, con la autorización previa de la Junta Rectora o, en caso de urgencia, del Presidente.
h) En general, llevar a cabo todas las funciones que le deleguen la Junta Rectora y/o el Presidente.
Respecto al apartado a) de sus funciones, el Gerente representa al Consorcio en los siguientes órganos colegiados administrativos:
Consejo Sectorial de Turismo de Puerto de la Cruz
No se ha solicitado compatibilidad para el ejercicio de actividad pública o privada por el Personal Directivo.